Normativa de etiquetado del vino en la Unión Europea

El etiquetado del vino en la Unión Europea cambió de forma sustancial el 8 de diciembre de 2023. Esta es la guía de partida: qué hay que declarar, qué puede ir en un código QR y dónde están los límites.

Qué cambió y desde cuándo

Hasta 2023 el vino era una excepción dentro del etiquetado alimentario europeo: no estaba obligado a declarar ni su información nutricional ni su lista de ingredientes. El Reglamento (UE) 2021/2117 terminó con esa excepción y equiparó el vino al resto de alimentos en esos dos puntos.

La obligación se aplica a los vinos producidos a partir del 8 de diciembre de 2023. Los anteriores pueden seguir comercializándose con su etiquetado antiguo hasta agotar existencias, que es lo que ha ido dando margen a las bodegas durante la transición.

Las dos obligaciones nuevas

Resumidas, son estas:

  1. Declaración nutricional, expresada por 100 mililitros: valor energético en kJ y kcal, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.
  2. Lista de ingredientes, con todo lo que interviene en la elaboración y permanece en el producto final, incluidos los aditivos y coadyuvantes que deban declararse.

Lo interesante es que la normativa permite que buena parte de esa información no vaya impresa en el envase, sino que se consulte por medios electrónicos. De ahí las e-labels y los códigos QR en las contraetiquetas.

Qué puede salir del envase y qué no

Este es el punto que más confusión genera. El reparto es:

MenciónDónde puede ir
Valor energéticoObligatorio en el envase
Resto de la declaración nutricionalPuede ir solo en la e-label
Alérgenos (sulfitos, huevo, leche)Obligatorio en el envase
Resto de la lista de ingredientesPuede ir solo en la e-label

Lo hemos desarrollado con más detalle en qué va en la etiqueta física y qué puede ir en el QR.

Qué no puede hacer la página del QR

La normativa no se limita a permitir el QR: también pone condiciones a la página a la que lleva. En particular, no puede recoger ni rastrear datos de los usuarios y no puede mostrar información de comercialización o de marketing.

Esto descarta poner la e-label dentro de la web comercial de la bodega, con su menú de tienda, sus cookies de analítica y sus banners. Es un requisito que se incumple con mucha facilidad sin darse cuenta.

Lo tratamos a fondo en qué es una e-label y cómo funciona.

Por dónde empezar

Si estás arrancando, este es un orden que funciona:

  1. Reúne la analítica del vino: grado alcohólico y azúcares residuales como mínimo.
  2. Calcula el valor energético. Puedes hacerlo con nuestra calculadora gratuita.
  3. Redacta la lista de ingredientes y comprueba qué alérgenos tienes que declarar.
  4. Decide qué va impreso y qué va en el QR.
  5. Publica la e-label y lleva el QR en formato vectorial a tu imprenta.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio?

Para los vinos producidos a partir del 8 de diciembre de 2023. Los anteriores pueden venderse con el etiquetado antiguo hasta agotar existencias.

¿Puedo poner toda la información en el QR?

No. El valor energético y los alérgenos tienen que seguir impresos en el envase. El resto de la declaración nutricional y de la lista de ingredientes sí puede consultarse por código QR.

¿Afecta a las bodegas pequeñas?

Sí. No hay una excepción general por tamaño: una bodega que embotella tres mil botellas tiene la misma obligación que un grupo grande.

¿Te toca cumplir y no sabes por dónde empezar?

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